Ley de Eutanasia en Málaga: peticiones en espera de la Comisión de Garantías y Evaluación

Tras entrar el vigor la Ley de Eutanasia, el pasado 25 de junio, España se convirtió en el sexto país del mundo que regula la asistencia médica para morir. Desde ese entonces, se dictaron los lineamientos para conformar la Comisión de Garantías y Evaluación, sin embargo, este comité no se ha constituido aún en Andalucía. 

El 20 de octubre se aprobó un decreto para dar un plazo de 30 días, con la finalidad de nombrar la Comisión y el reglamento interno. Se estima que la aplicación de la Ley entre en funcionamiento para el próximo 20 de noviembre.

Siete personas en espera

Según lo explicado por la coordinadora de la Asociación Derecho a Morir Dignamente de Málaga, siete personas ya han presentado su interés por practicarse la eutanasia. Se trata de pacientes con eclerosis lateral amiotrófica (2), cáncer terminal (3), tetraplejia (1), insuficiencia renal grave (1).

Esta cifra es de quienes ya han solicitado apoyo en la Asociación. No obstante, es posible que existan más personas con la intención de solicitar la eutanasia, pero tal vez lo estén tramitando de manera directa con los médicos y no han acudido todavía a solicitar el apoyo de la organización.

Las patologías de los pacientes son irreversibles, en un estado avanzado y muy dolorosas. Al respecto, la coordinadora de DMD explica que son personas con padecimiento largo. Por ejemplo, en el caso del paciente con tetraplejia, este sufre desde hace 15 años, mientras que el paciente con insuficiencia renal aguda debe practicarse diálisis de forma permanente.

Estos siete ciudadanos han acudido a la organización para solicitar apoyo y asesoramiento. Tres de ellos ya plantearon la solicitud a los médicos, pero sin una respuesta clara. Las otras cuatro personas están a la espera de la comisión para la presentación formal de la solicitud.

La Comisión de Garantías y Evaluación

La Ley indica que la Comisión de Garantías y Evaluación debe estar constituida por 13 miembros, quienes estarán encargados de vigilar todo el proceso de los ciudadanos que soliciten la eutanasia. 

No obstante, a pesar de que han pasado varios meses desde que entró en vigor la Ley, Andalucía es la única comunidad autónoma que todavía no ha constituido la Comisión de Garantías y Evaluación. 

La coordinadora en Málaga de DMD asegura que Andalucía lleva alrededor de cinco meses de retraso, en comparación con Cataluña, Euskadi, Murcia y Asturias. 

El marco legal de la Ley de Eutanasia

La Ley contempla que una persona tiene derecho a solicitar la eutanasia si sufre de un padecimiento crónico, grave e incurable. Casos donde el sufrimiento físico o psicológico llegue a ser insoportable.

Los ciudadanos que plantean hacer valer este derecho toman la decisión luego de largos períodos de sufrimiento. Al respecto, la coordinadora indica que muchas de esas personas esperan beneficiase del texto legal, pero siguen a la espera de que se den los escenarios para presentar la solicitud formal.

Pasos a seguir para solicitar la eutanasia

Para solicitar la eutanasia el paciente debe pasar por una serie de etapas. Comienza con una primera petición al médico responsable. Pasados dos días, el facultativo debe tener una conversación con el paciente para plantearle las medidas alternativas y los cuidados paliativos.

15 días después, el ciudadano debe realizar otra solicitud, para reiterar su decisión, una vez que su médico le haya informado sobre las alternativas. En caso de que el paciente mantenga su decisión, el médico deberá consultar con otro profesional para que este también tenga otra entrevista con el paciente. Si el criterio médico coincide, y se ajusta a la Ley, deben hacer llegar un informe a la Comisión de Garantías y Evaluación. 

Una vez que el comité evalúe el informe, notificará la decisión. De ser positiva, se indicará al médico responsable para que proceda con la eutanasia en la fecha que el paciente lo decida.

Profesionales objetores

Los médicos implicados en el proceso de eutanasia tienen derecho a presentar la objeción de conciencia. Esta debe presentarse de forma anticipada, mediante un informe. La Ley también ordena la creación de un registro de profesionales objetores en las administraciones sanitarias autonómicas.

Para cumplir con esta disposición, La Junta de Andalucía regula el Registro de Profesionales Sanitarios Objetores de Conciencia a la eutanasia para la salud privada y pública.

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